Mertxe Aizpurua y Arnaldo Otegi, de los proetarras de EH Bildu
El pleno del Tribunal Constitucional se reúne el martes 16 para abordar el caso Bateragune.
En el caso Bateragune, Arnaldo Otegi y otros cuatro integrantes de la izquierda abertzale fueron condenados a penas de cárcel e inhabilitación por haber intentado reconstruir el partido ilegalizado Batasuna, formando una "alianza independentista" --bajo un órgano de coordinación denominado Bateragune-- siguiendo las órdenes de ETA, es decir, por integración en organización terrorista.
En este caso intervinieron primero la Audiencia Nacional y luego el Tribunal Supremo.
El 16 de septiembre de 2011 la Audiencia Nacional condenó a diez años de prisión y a diez años de inhabilitación para ocupar cargos públicos a Otegi y a Rafa Díez, entre otros (Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez y a Sonia Jacinto).
Su defensa recurrió ante el Tribunal Supremo, que el 7 de mayo de 2012 rebajó las condenas aunque estimó acreditado que formaban parte de ETA y seguían sus órdenes con la intención de reagrupar al entorno político abertzale.
El 21 de junio de 2012, Iñigo Iruin, abogado y portavoz de Sortu, recurrió mediante un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que el 22 de julio de 2014 rechazó los recursos de amparo de los proetarras.
Posteriormente, el 6 de noviembre de 2018, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentenció que el juicio no habría sido justo debido a la supuesta falta de imparcialidad de la magistrada Ángela Murillo que presidió el tribunal de la Audiencia Nacional (y es que, durante el juicio, Murillo se dirigió a Otegi y le preguntó si condenaba el terrorismo. Tras el silencio del etarra, la jueza exclamó: “Ya sabía yo que no me iba a contestar a esa pregunta”).
Entonces, el 27 de julio de 2020 el Tribunal Supremo de España asumió el fallo del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo y sentenció que se debía celebrar un nuevo juicio por el caso Bateragune.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional, en diciembre de 2020, suspendió cautelarmente dicha decisión hasta resolver el recurso presentado por los condenados.
Y es lo que ahora resuelve el Tribunal Constitucional que, según ha trascendido (cuando esto se escribe todavía ano ha salido la sentencia), se dispone a amparar a Otegi aceptando un escrito del ponente Juan Carlos Campo, que en su borrador afirma que no hay que repetir el juicio porque atentaría contra la norma de no ser juzgado dos ves por el mismo hecho.
El Tribunal Constitucional -presidido por Cándido Conde Pumpido-, enmendaría la plana al Tribunal Supremo que, al fin y al cabo, es el máximo órgano judicial en España
De esta manera, el Tribunal Constitucional -presidido por Cándido Conde Pumpido-, enmendaría la plana al Tribunal Supremo que, al fin y al cabo, es el máximo órgano judicial en España.
Cabe descartar que la cúspide de la justicia en España es el Tribunal Supremo, no el Constitucional, ya que este se dedica solo a interpretar la Constitución. Lo que pasa es que, en España, el Tribunal Constitucional se ha convertido, de facto, en la más alta instancia pues todo es susceptible de ser recurrido ante el TC por supuesta "no constitucionalidad".
Por otra parte, hay que subrayar que una sentencia favorable a Otegi en el actual contexto político, en el que el PSOE -que domina el Tribunal Constitucional- tiene como uno de sus principales socios a EH Bildu, cuyo líder es Arnaldo Otegi, tiene una gran importancia político-judicial y no habla muy bien de la independencia del actual Tribunal Constitucional...
Y en todo este contexto conviene recordar también que Dignidad y Justicia denunció ante la la Fiscalía de la Audiencia Nacional a Otegi por seis secuestros y un intento de asesinato, todos sin investigar, tras una exclusiva del periódico El Mundo.
De ahí que Otegi no se presente a lehendakari porque si lo hiciera, sus adversarios se encargarían de realzar los atentados sobre los que aún no ha rendido cuentas...