Según la Ley de Amnistía presentada por los socialistas, la norma "lejos de ser una figura inconstitucional, forma parte del pacto fundacional de la democracia española". Mantra que ha repetido la maquinaria de Moncloa una y otra vez: la amnistía es constitucional.

Pues bien, parece que para los letrados del Congreso no lo es: "La afirmación de que la amnistía previa a la Constitución formara parte del pacto constitucional originario genera dudas de que pueda constituir la premisa a partir de la cual se pueda deducir que la amnistía como figura jurídica esté permitida por la Constitución, abierta al ámbito de decisión del legislador".

Los juristas encargados de realizar el informe de la Comisión de Justicia de la Cámara Baja recuerdan que los miembros de la ponencia constitucional no incluyeron la amnistía de manera consciente en noviembre de 1977, lo que hace que la ley socialista "plantea dudas de que pueda tener cabida en la Constitución" debería haber sido "articulada a través del procedimiento de reforma constitucional".

Es decir, los letrados del Congreso advierten que la Ley de Amnistía no es constitucional, y que si Sánchez quiere aprobarla no vale con una ley orgániza, como llevan repitiendo días los socialistas, sino que tienen que afrontar una reforma de la Constitución. 

Asimismo, recuerdan que la Carta Magna "desautoriza expresamente los indultos generales" y que la amnistía no está dentro de las competencias de las Cortes Generales (Congreso y Senado). 

Además, los letrados alertan sobre la "indeterminación de los delitos comprendidos en la amnistía". Y es que con las enmiendas presentadas por ERC y Junts podrían conseguir que la norma también dé impunidad a todos los encausados por delitos por terrorismo, lo que "podría lesionar el principio de seguridad jurídica consagrado en el artículo 9.3 CE, el cual, ha declarado el Tribunal Constitucional (STC 147/1986 FJ 3), se ve claramente afectado por una institución como la amnistía".

Este informe es bello e instructivo por dos motivos: por un lado el pasado 9 de diciembre, el letrado mayor del CongresoFernando Galindo, echó al jurista crítico con la amnistía, Manuel Fernández-Fontecha, de la Comisión Constitucional.

Galindo argumentó para su cese que el cargo de Fernández-Fontecha era provisional. Pero todo el mundo sabe que su “purga” se debió a que no ha comulgado con la rueda de molino de una amnistía a los delincuentes del ‘procés’, una medida que el letrado había denunciado argumentando que los pactos "privados" entre el PSOE y Junts modificaban "de facto" la Constitución. 

Ahora parece que Fernández-Fontecha acertaba y Galindo no. 

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Y por otro, ¿no resultaba un tanto extraño el interés 'desinteresado' del PSOE por cambiar el artículo 49 de la Constitución? Muchos lo excusaron en el uso como 'cortina de humo' para distraer a Juan Español de los pactos con los independentistas. Pero, ¿y si lo que pretendía Sánchez es hacer una prueba real de un cambio constitucional para después ponerlo en marcha en un asunto en el que está verdaderamente interesado?

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Pero todos tranquilos porque la solución ya está lista: será el Tribunal Constitucional el que tenga la última palabra. Así lo ha recordado la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez. Por supuesto ha aprovechado la ocasioón para refrescarnos la memoria y ha asegurado que la ley del PSOE "ya se valoró como un texto legal de escrupuloso cuidado con el mandato constitucional".

Sí, Rodríguez aludía al informe elaborado por Galindo.

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