El grupo 40 Días por la Vida es una organización católica provida que, entre sus diversas acciones, acostumbraba a reunirse en las afueras de clínicas abortivas para rezar por los niños no nacidos y las madres. Después de que esto se les hubiese prohibido por otro juzgado, el Tribunal Administrativo de Mannheim, Alemania, ha emitido un fallo que les permite ahora reanudar sus actividades, recoge Infocatólica de Aciprensa.

La sentencia «es un mensaje muy importante para Alemania, pero también para toda Europa y todo el mundo, sobre todo porque algunos gobiernos como Inglaterra, Escocia, España ya están prohibiendo la oración en lugares públicos ante abortorios», según el abogado Tomislav Cunovic.

En España, en abril, fue aprobada la ley que reforma el Código Penal para castigar con penas de cárcel a quienes acuden a rezar las clínicas abortistas, como recogió Hispanidad.

En concreto, se modificó la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en su artículo 172 se contemplan penas para:

"1. El que para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días".

Es decir, que en España puedes ir a la cárcel por rezar y por ayudar, como ha denunciado Hispanidad en varias ocasiones.

De hecho, ya se ha puesto una multa de 1.200 euros por rezar por la vida a la la asociación Rezar no es delito.