El Consell de Govern ha aprobado este martes el nuevo decreto de conciertos educativos, que se aplicará a partir del curso 2023-2024 y que deja fuera a los colegios que separen a sus alumnos por sexos. Publica El Mundo que actualmente en Baleares sólo hay un centro concertado, Aixa-Llaüt, que separa al alumnado por sexos.

Este centro vinculado al Opus Dei ganó varias sentencias judiciales que permitieron mantener el concierto, pero en base a la legislación anterior. Ahora, el nuevo decreto se adapta a la 'Ley Celaá' (Lomloe). El concierto actual caduca en septiembre, por lo que si el colegio mantiene su modelo, no podrá seguir siendo concertado.

En concreto, el decreto incorpora nueva normativa derivada de la Ley de igualdad y de la Lomloe y establece que la renovación de un concierto educativo o la suscripción de uno nuevo implica por parte de los centros solicitantes desarrollar el principio de coeducación en todas las etapas educativas y no separar al alumnado por sexos.

Además, el concierto también implica un compromiso con el derecho a una educación gratuita que garantice la igualdad de oportunidades, por lo que los centros no pueden percibir de las familias aportaciones económicas asociadas a la actividad curricular, ni obligar a realizar ingresos para fundaciones o asociaciones ni otros servicios. Asimismo, los centros tendrán que cubrir de forma equitativa las necesidades de escolarización de la zona donde estén ubicados. Es decir, el gobierno balear, liderado por la socialista Francina Armengol, persigue los objetivos de la ley Celaá en todo su esplendor: asfixia económica a la concertada -en su mayoría enseñanza religiosa- y ataque a la libre elección de los padres respecto a la educación que quieran para sus hijos

El texto también regula subvenciones a los centros concertados para realizar actividades educativas fuera del horario lectivo, que vayan dirigidas a alumnado que presente condiciones socioeconómicas y culturales desfavorables.

Para los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, “la falta de concierto puede impedir en la práctica la elección de estos centros educativos por parte de los ciudadanos que prefieren este modelo educativo para sus hijos”

La de este centro de Baleares, es exactamente la misma situación a la que se enfrentaron los colegios Miravalles-El Redín e Irabia-Izaga, en Pamplona. Ambos sufrieron el ataque organizado por los socialistas María Chivite, Javier Remírez - quien escoge uno de estos colegios para escolarizar a su hija- y Carlos Gimeno junto sus socios de gobierno de EH Bildu contra dichos centros.

Chivite y Remírez coaccionaron a estos colegios para que eliminaran la educación diferenciada bajo la amenaza de no recibir el concierto que le correspondía, por lo que los colegios tuvieron que ceder al chantaje, a pesar de que todos los pronunciamientos judiciales han sido siempre a favor de la legalidad y el respeto a la educación diferenciada. 

Pues bien, publicaba Navarra.com que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) planteó una cuestión de inconstitucionalidad respecto de la disposición adicional de la Ley Orgánica de Educación que prohíbe concertar a los colegios de educación diferenciada. Uno de los argumentos esgrimidos por el TSJN es que, de prohibirse concertar a los colegios de educación diferenciada, se podría infringir el artículo 27.3 de la CE, que establece que “los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. En este sentido, para los jueces, “la falta de concierto puede impedir en la práctica la elección de estos centros educativos por parte de los ciudadanos que prefieren este modelo educativo para sus hijos”. 

Así, el TSJN suspendía el procedimiento judicial abierto hasta que el Tribunal Constitucional (TC) no resuelva sobre la admisibilidad de la cuestión de inconstitucionalidad. Una vez admitida a trámite, el proceso continuaría suspendido hasta que el TC resolviera definitivamente la cuestión.