El caso se las trae y lo cuenta Observatorio de Bioética. Una mujer supera un cáncer y desea ser madre, por lo que interpone una demanda en un tribunal de Virginia contra su exmarido con el fin de obtener la custodia exclusiva de dos embriones criopreservados, creados durante un ciclo de fecundación in vitro realizado durante su matrimonio.

La mujer tiene una hija con su marido, y dos embriones en una nevera, estos son su última oportunidad de ser madre. La pareja se separó a los dos años de nacer su hija, en el 2017, y entonces acordaron que ninguo de ellos retirarían a los embriones del almacenamiento de la clínica. 

Es en el 2019 cuando la mujer solicita a su exmarido poder implantarse los embriones, él se niega, argumentando que no quiere ser padre de nuevo. Es entonces cuando comienza el proceso legal. En 2020 la mujer presenta una moción para determinar la disposición de embriones humanos criopreservados, en la que buscaba la posesión exclusiva de los embriones. No lo consigue y solicita una partición sobre la propiedad de los embriones argumentando que las partes no se ponían de acuerdo sobre su disposición, pero tampoco prosperó.

En 2021 presentó otra demanda de partición, que también fue desestimada. En 2023 volvió a presentar una demanda de partición de los embriones congelados, en la que solicitaba para ella la propiedad de los dos embriones, aunque también aceptaría quedarse sólo con uno.

Ahora el juez ha vuelto a desestimar el asunto por perjuicio, ya que “el Tribunal considera que los embriones humanos, en cuestión en este asunto, no son bienes muebles sujetos a partición según el estatuto de partición de Virginia”.

"Las técnicas de reproducción asistida plantean situaciones conflictivas relacionadas con la paternidad, la filiación y el respeto a la dignidad de los seres humanos que, en estado embrionario y criopreservados, pueden ser reclamados como objetos de deseo, tal como ocurre en este caso", señalan desde el Observatorio.

"Las múltiples posibilidades que ofrecen estas técnicas permiten disponer de gametos de los padres o de donantes, vivos o fallecidos, convivientes o no, lo cual puede representar una amenaza para sus hijos, que, además de tener derecho a una familia y ser cuidado y educado por sus padres, algún día podrán exigir conocer la identidad de sus padres biológicos en el caso de haberse utilizado gametos de donantes en su concepción".

El observatorio sostiene que "La concepción natural presupone la relación del varón y la mujer, que constituyen un entorno propicio para acoger y acompañar a los hijos concebidos en su crecimiento. La instrumentalización de la reproducción tiende a convertir al hijo en un objeto de deseo, más que un bien en sí mismo. Esto justifica casi cualquier cosa para lograrlo, como el generar múltiples embriones con el fin de obtener uno válido, descartando o congelando los sobrantes, o el disociar la paternidad y maternidad biológicas de la gestación, como en el caso de la subrogación".

"El deseo lícito de paternidad y maternidad no justifica cualquier intervención con el fin de alcanzarlas, porque la dignidad del propio hijo, su derecho a una familia y la conveniencia de conocer sus orígenes, establecen los límites para la consecución de este deseo".

Y como denuncian desde el "El drama no se resuelve pues si los embriones no son gestados permanecerán congelados en una situación indigna indefinidamente".

En definitiva hay que reconocer legalmente la personalidad del embrión son “tan humanos como nosotros”, como defienden desde Estados Unidos y deberían ser tratados legalmente como tales. Algo que ya defendió Benedicto XVI y que lo resume todo: Dios ama al embrión. La fecundación in vitro (FIV) es una de las grandes salvajadas de nuestro tiempo... vendida, encima, como gran avance científico. En la FIV se destrozan embriones humanos cada día y esta batalla legal es una nueva muestra de ello.