En una victoria para la libertad de expresión, el Tribunal de Apelación de Helsinki (Finlandia) desestimó todos los cargos contra la parlamentaria finlandesa Päivi Räsänen y el obispo luterano Juhana Pohjola, quienes fueron juzgados por “incitación al odio” en agosto de este año, tras haber expresado públicamente sus creencias cristianas, informa ADF International. 

El 17 de junio de 2019, Rasanen manifestó su oposición a la decisión que había tomado su iglesia de patrocinar un evento de orgullo LGBT a través de sus perfiles de redes sociales.  

En concreto, publicó en X (antes Twitter), Facebook e Instagram una foto de una página de la Biblia con el texto que está escrito en la Carta a los Romanos 1, 24-27, que señala: “Por eso Dios dejó que fueran dominados por sus malos deseos, que degradaban sus propios cuerpos. Como cambiaron la verdad de Dios por la mentira, veneraron y adoraron la criatura en vez del Creador -bendito por siempre, amén- […] Lo mismo los hombres: dejando la relación natural con la mujer”, dice el texto.

El mensaje iba acompañado con una imagen de los versículos 24, 25 y 26 de la Carta de San Pablo a los Romanos.

En la Corte, Rasanen dijo que la publicación estaba dirigida a los líderes de la Iglesia luterana de Finlandia, y en declaraciones a la revista First Things en 2020, defendió que el propósito de su mensaje “no fue de ninguna manera insultar a las minorías sexuales”.

El fiscal acusó a la mujer de 62 años de incitación contra un grupo minoritario, argumentando que sus declaraciones “podrían causar intolerancia, desprecio y odio hacia los homosexuales”.’

El 30 de marzo de 2022, un Tribunal de Distrito la absolvió

Sin embargo, la Fiscalía recurrió el fallo y el nuevo juicio, del que se ha conocido ahora la sentencia, se celebró en agosto de 2023, con el resultado absolutorio en un fallo unánime que confirmó la absolución también unánime del Tribunal de Distrito de marzo de 2022, el tribunal desestimó los argumentos del fiscal estatal. Consideró que “no tiene ningún motivo, sobre la base de las pruebas recibidas en la audiencia principal, para evaluar el caso de manera diferente a la del Tribunal de Distrito. Por lo tanto, no hay motivo para alterar el resultado final de la sentencia del Tribunal de Distrito”.

“Me siento profundamente aliviada. El tribunal ha respaldado y confirmado plenamente la decisión del tribunal de distrito, que reconoció el derecho de todos a la libertad de expresión”, afirmó Päivi Räsänen tras su victoria, recoge ADF International. 

“No es un delito tuitear un versículo de la Biblia ni participar en un discurso público con una perspectiva cristiana. Los intentos realizados para procesarme por expresar mis creencias han resultado en cuatro años inmensamente difíciles, pero mi esperanza es que el resultado sirva como un precedente clave para proteger el derecho humano a la libertad de expresión. Sinceramente espero que otras personas inocentes se ahorren la misma terrible experiencia simplemente por expresar sus convicciones”, añadió Räsänen, ex ministra del Interior finlandesa y abuela de once hijos.

El caso ha atraído la atención de los medios de comunicación mundiales cuando expertos en derechos humanos expresaron su preocupación por la amenaza que representa para la libertad de expresión.

El caso ha atraído la atención de los medios de comunicación mundiales cuando expertos en derechos humanos expresaron su preocupación por la amenaza que representa para la libertad de expresión

Conviene recordar asimismo la doctrina de a iglesia católica sobre ‘castidad y homosexualidad’, recogida en los puntos 2357, 2358 y 2359 del catecismo de la iglesia católica. 

‘Castidad y homosexualidad’

2357 La homosexualidad designa las relaciones entre hombres o mujeres que experimentan una atracción sexual, exclusiva o predominante, hacia personas del mismo sexo. Reviste formas muy variadas a través de los siglos y las culturas. Su origen psíquico permanece en gran medida inexplicado. Apoyándose en la Sagrada Escritura que los presenta como depravaciones graves (cf Gn 19, 1-29; Rm 1, 24-27; 1 Co 6, 10; 1 Tm 1, 10), la Tradición ha declarado siempre que “los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Decl. Persona humana, 8). Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso.

2358 Un número apreciable de hombres y mujeres presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas. Esta inclinación, objetivamente desordenada, constituye para la mayoría de ellos una auténtica prueba. Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta. Estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida, y, si son cristianas, a unir al sacrificio de la cruz del Señor las dificultades que pueden encontrar a causa de su condición.

2359 Las personas homosexuales están llamadas a la castidad. Mediante virtudes de dominio de sí mismo que eduquen la libertad interior, y a veces mediante el apoyo de una amistad desinteresada, de la oración y la gracia sacramental, pueden y deben acercarse gradual y resueltamente a la perfección cristiana.