En febrero del año pasado se aprobaba definitivamente la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, una de las leyes estrella del Ministerio de Igualdad de Irene Montero (la otra es la del Sí es sí). La Ley Trans permite la autodeterminación de género, es decir, el cambio de sexo en el Registro Civil sin necesidad de informe ni tratamiento médico. Numerosos expertos han concluído que este punto de la norma ya no es sólo el más polémico, sino que se trata de incluir el fradude de ley en la propia ley, al suponer un coladero total. La norma fue obra de Montero, pero sigue vigente y el nuevo ministerio de Igualdad, capitaneado por la socialista Ana Redondo, ha defendido el texto en numerosas ocasiones. 

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Gracias a esa autodeterminación de género llegamos a casos como el sucedido esta semana. Un ertzaina fue detenido el pasado sábado acusado de intentar agredir a su esposa con un cuchillo de cocina en San Sebastián, ahora se conoce que en noviembre había cambiado de sexo en el registro civil, lo que condiciona el proceso judicial para tramitar el caso como violencia de género, y es que legalmente consta que es una mujer. La Fiscalía está investigando si se trata de un posible fraude de ley, y es que sólo consta el cambio de sexo, pero el ertzaina sigue con su aspecto masculino y su nombre de varón. 

Cada vez son más numerosos los casos en los que los hombres usan la ley para librarse de cárcel, acceder al sistema de protección de víctimas de violencia machista o que se declaran mujeres para evitar la condena.

En este caso, la Fiscalía ha salido rauda a comenar la investigación, pero la ley es muy clara: reconoce la identidad de la persona trans a través de un procedimiento administrativo en el Registro Civil, donde la persona interesada expresará su voluntad ante el funcionario y será efectivo a los tres meses cuando ratifique su deseo. Así, elimina cualquier informe o diagnóstico médico o psicológico que acredite su disforia de género y la necesidad de haber recibido un tratamiento de hormonas de al menos dos años. Entonces, ¿por qué en este caso hablaríamos de fraude de ley?