La caradura okupa no conoce límítes
Ha ocurrido en Novelda (Alicante), un okupa ha llamado a la Policía Local para denunciar a los dueños de la vivienda que tiene okupada. Ha pedido protección policial porque según él está recibiendo amenazas para forzarle a dejar la propiedad que okupa, por lo que ha solicitado que los agentes intervengan para solucionar el conflicto, porque lo único que quiere es que le dejen "vivir tranquilo". La Policía Local se ha limitado a comunicarle que la denuncia debe hacerla acudiendo al cuartel de la Guardia Civil, algo que tendrá difícil, puesto que es de primero de okupación que la vivienda no puede dejarse sola.
En cuanto a okupación, también se ha pronunciado la Audiencia Provincial de Madrid que ha acordado por unanimiad que con carácter general se acuerde la medida cautelar de desalojo y restitución del inmueble en los supuestos en que se aprecien sólidos indicios de que se trata de un delito de allanamiento o usurpación y que se verifique que existen efectos perjudiciales para el propietario. Además, los magistrados han tenido en cuenta a los vecinos que también se ven afectados por el delito, al suponer un menoscabo directo en sus derechos. Ese criterio decidido se tendrá en cuenta tanto si el sujeto pasivo, es decir, el propietario legítimo, es persona física como si es persona jurídica de naturaleza pública o privada.
La decisión es un paso importante, pero sigue faltando mucho para poder luchar de manera efectiva contra la okupación. Por un lado, solo se tiene en cuenta el allanamiento, pero se siguen olvidando de los 'inquiokupas', aquellos inquilinos alquilados que dejan de pagar la renta al propietario y se niegan a abandonar la vivienda es, por ejemplo, el caso del que se hizo eco Hispanidad ocurrido en El Rompido. De acuerdo con los datos de la Plataforma de Afectados por la Ocupación, los 'inquiokupas' representan el 70% de los casos.
Y por otro lado, este criterio de medida cautelas, se hará ""sin perjuicio de que cuando se observe una situación de especial vulnerabilidad en las personas que ocupan el inmueble (menores, personas con discapacidad, etc.) de forma simultánea se dé traslado a los servicios sociales a fin de que adopten las medidas oportunas para su protección, facilitando las soluciones que procedan". Lo que retrasaría el desahucio.